29 septiembre 2015

Ya tengo el sello de Adhesión al Arbitraje de Consumo

Sello de Adhesión al Arbitraje de Consumo del IGC

Para mí lo más importante es la satisfacción de mis clientes, por lo que me he adherido al Arbitraje de Consumo del Instituto Galego de Consumo.

¿Qué es el Arbitraje de Consumo?

El arbitraje de consumo es una vía extrajudicial y voluntaria que permite resolver, de una forma eficaz, rápida y gratuita, los desacuerdos que puedan surgir entre las personas consumidoras y usuarias y los empresarios.
Para ello, un colegio arbitral se encargará de dictar el laudo arbitral sobre cada cuestión sometida a arbitraje.

¿Cómo se tramita?

El arbitraje es una alternativa voluntaria a la vía judicial que puede poner en marcha la consumidora o consumidor. Basta con cumplimentar una sencilla solicitud de arbitraje y presentarla directamente ante la Xunta Arbitral de Consumo de Galicia o bien a través de una Oficina Municipal de Información ó Consumidor (OMIC) o de una organización de consumidores e usuarios.
La solicitud llevará consigo una reclamación donde se especificará claramente lo que se solicita y el compromiso de cumplir la decisión del colegio arbitral.
Quedan excluidas del objeto de arbitraje las siguientes situaciones:
  1. Aquellas en las que haya resolución judicial firme y definitiva.
  2. Las materias inseparablemente unidas a otras sobre las que las partes no tengan poder de disposición.
  3. Las cuestiones en las que deba intervenir el Ministerio Fiscal.
  4. Las cuestiones en las que concurran intoxicación, lesión, muerte o existan indicios razonables de delito.

Ventajas

  1. Rapidez: la tramitación se realizará en un corto periodo de tiempo
  2. Eficacia: se resuelve mediante un laudo arbitral, sin que haga falta acudir a la vía judicial ordinaria
  3. Gratuidad: la tramitación es gratuita; solamente la práctica de algunas prueba periciales, realizadas a petición de la parte, pueden suponer algún pequeño costo.
  4. Voluntariedad: ambas partes deciden libremente que sea el Arbitraje de Consumo quien resuelva sus desacuerdos.
  5. Ejecutividad: el laudo arbitral es de obligado cumplimiento, como si de una sentencia se tratase.

¿Dónde están los colegios arbitrales?

Xunta Arbitral de Consumo de Galicia
Avda de Gonzalo Torrente Ballester nº 1-3-5 Bajo.
15707 Santiago de Compostela
Telf: 981 544 512. Fax: 981 544 599
Email: igc@xunta.es

Colegios Arbitrales de Consumo de Galicia:
A Coruña: Edif Serivios Múltiples Monelos. 15071 A Coruña. Telf: 981 184 969. Fax: 981 184 976.
Ferrol: Edif Admin Praza Camilo José Cela. 15403 Ferrol. Telf: 981 337 1983. Fax: 981 337 191.
Santiago De Compostela: Avda de Gonzalo Torrente Ballester nº 1-3-5 Bajo. 15707 Santiago de Compostela. Telf: 981 544 512. Fax: 981 544 599.
Lugo: Edif Admin Ronda da Muralla 70. 27003 Lugo. Telf: 982 294 679. Fax 982 294 682.
Ourense: Avda de Zamora 13, bajo. 32005 Ourense. Telf: 988 386 476. Fax: 988 386 553.
Pontevedra: Travesía Eiriña 7, Bajo. 36003 Pontevedra. Telf: 986 805 858. Fax 986 805 859.
Vigo: Edif Admin Praza da Estrela 9. 36201 Vigo. Telf: 986 817 586. Fax 986 817 585.

¿Qué os parece esta adhesión? ¿Consideráis que es importante y necesaria?


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